Briefing del país
Portugal
Portugal trabaja más horas que la media de la UE, está estrictamente regulado — y atrae talento internacional con programas fiscales como el IFICI y el visado D3.
De un vistazo
Jornada semanal
40 h máx.A menudo 35 h por convenio · real ~39,7 h
Vacaciones y festivos
22 días laborables + 14Más la paga legal de vacaciones (subsídio de férias)
Impuesto sobre la renta
13–48 %+ recargo del 2,5–5 % por encima de €80.000 · IFICI para talento altamente cualificado
Costes del empleador
23,75 %Cotización social única TSU · parte del trabajador 11 %
Jornada y vacaciones
La ley limita la semana a 40 horas y el día a 8; muchos convenios fijan 35. Las horas extra están limitadas a 2 al día y 150 (hasta 200) al año — siempre con recargo.
Los empleados tienen al menos 22 días laborables de vacaciones pagadas, más 13 festivos nacionales y normalmente uno local. A ello se suma la paga legal de vacaciones, equivalente al salario base ordinario.
Formas de contratación
El contrato indefinido (contrato sem termo) es el estándar — el periodo de prueba de los directivos puede llegar a 240 días. Las contrataciones temporales tienen topes de duración estrictos; el trabajo temporal y el freelance (Recibos Verdes) están muy extendidos.
Impuestos sobre la renta
La escala del IRS es progresiva: del 13 % al 48 %, más un recargo de solidaridad del 2,5–5 % por encima de €80.000 de renta anual.
Para los profesionales altamente cualificados que se trasladan, en ciencia y academia, el programa IFICI (sucesor del NHR) ofrece tipos reducidos.
Costes salariales
La seguridad social se financia mediante la cotización social única (TSU): el empleador aporta el 23,75 % adicional sobre el bruto; el trabajador, el 11 %.
Convenios colectivos
Los contratos colectivos se negocian sector a sector y pueden declararse de aplicación general, fijando estándares por encima del mínimo legal en salarios, jornada y permisos especiales.
Contratación desde el extranjero
Los ciudadanos de la UE gozan de libre circulación (residencia fiscal a partir de 183 días al año). Los nacionales de terceros países necesitan visados específicos — como el visado D3 para funciones altamente cualificadas. El empleador registra las contrataciones extranjeras ante Hacienda y la seguridad social.
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